El Consejo del Poder Judicial aprobó un nuevo procedimiento para el pago de tasas por emisión de certificaciones, relativas al estatus de los auxiliares de la justicia y de los servicios ofrecidos a los usuarios, manteniendo los niveles de eficiencia, eficacia, efectividad e innovación para la entrega de los referidos servicios requeridos por la ciudadanía.
Este procedimiento es aplicable para la entrega de certificaciones a los ministeriales, intérpretes judiciales, venduteros públicos, notarios públicos, juramentaciones de abogados, depósito de índice de protocolos, no registro de información, expedición de carnets para oficiales públicos y cualquier otro procedimiento.
El procedimiento del pago de tasa por emisión de certificación se realizará bajo las condiciones previstas en la Resolución Núm.12-2014, de fecha 31 de octubre de 2014, que aprueba el reglamento para el cobro de las tasas.
La expedición de las certificaciones a requerimiento de los tribunales y de uso oficial de la institución estará exenta de las tasas administrativas establecidas en la anterior resolución.
Las solicitudes serán recibidas de lunes a viernes de cada semana, tomando en cuenta los días feriados, y serán entregadas los viernes de la semana siguiente al depósito de la solicitud y tras haber completado el expediente.
Por las distintas expediciones de certificados que se realicen, todos los usuarios deberán pagar la tasa administrativa establecida en los siguientes valores vigentes: Expedición de certificaciones para juramentación de abogados, RD$300; juramentación de notarios, RD$500; registro de notarios, RD$300; depósito de protocolo, RD$500; registro de datos, RD$500; depósito de índice de protocolo de notario, RD$500; cualquier otra información relativa a los referidos auxiliares de la justicia, RD$300; certificación requerida por el propietario de registro, RD$300; otras certificaciones: RD$300.
Las solicitudes, conjuntamente con el formulario debidamente completado y el comprobante de pago de la tasa por servicio, serán depositadas en la División de Oficiales de la Justicia; la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia recibirá físicamente las solicitudes, revisará y confirmará las solicitudes de emisión de certificación, para lo cual es necesario el nombre del auxiliar de la justicia, su número de cédula y comprobante del pago de la tasa en el Banco del Reservas.