El pleno de la Suprema Corte de Justicia impuso sanciones disciplinarias de destitución, suspensión, así como descargos contra dos notarios públicos y otros cuatro abogados, a quienes se les conoció medidas disciplinarias por faltas graves en el ejercicio de sus funciones.
Los notarios públicos de los del número del Distrito Nacional, separado y suspendida por un año, son los abogados Francisco Martínez Vidal e Ivelisse Rivera Pérez, respectivamente, imputados de haber violado los artículos 1, 56 y 61 de la Ley Núm. 301, sobre Notariado, de 1964.
En tanto que fueron inhabilitados por 6 meses en el ejercicio de la profesión el doctor Luis E. Peláez Sterling y la doctora Magaly Calderón García, encontrados culpables de violar los artículos: 1, 2, 27, 30 y 75, ordinal 2 del Código de Ética del Profesional del Derecho.
En relación a la sanción contra los doctores Peláez Sterling y Calderón García, el alto tribunal confirma de esa manera una sentencia emitida por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), contra la decisión disciplinaria número 011-2010, de fecha 26 de noviembre de 2010, que condena a dichos profesionales.
Asimismo, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia descargó a los licenciados Víctor R. Guillermo y Yoany Antonia Reyes Izquierdo, por no haber incurrido en violación a la Ley Núm. 111, sobre Exequátur de Profesionales, de fecha 3 de noviembre de 1942, modificada por la Ley Núm. 3958 de 1954.
El régimen disciplinario tiene por objetivo contribuir a que los profesionales cumplan leal, eficiente y honestamente sus deberes y responsabilidades frente a la sociedad.
Entre los deberes esenciales que la profesión de abogado impone a todo profesional del Derecho, se encuentran la probidad, la ética, la moderación y la fraternidad.
DIVISIÓN DE COMUNICACIONES DEL PODER JUDICIAL